Hoy en dÃa, con el gran crecimiento del transporte de mercancÃas por carretera es muy normal que nos crucemos a lo largo del dÃa con algún vehÃculo de transporte que se encuentre parado para realizar una entrega de un paquete (entre otras cosas).
Cuando los vehÃculos no son de carga pesada toda está bien. Y… ¿qué pasa con los vehÃculos de más carga? Estas acciones de carga y descarga para vehÃculos pesados están reguladas bajo algunas leyes que, hace unos meses, fueron renovadas. Hoy en DIESSA os contaremos qué medidas existen en nuestro paÃs con respecto a ello.
El Real Decreto-ley 3/ 2022 que entró en vigor del 2 de septiembre de 2022 prohÃbe a los conductores de vehÃculos de mercancÃas de más de 7,5 toneladas de MMA efectuar operaciones de carga y descarga. Esto supone todo un alivio para los conductores ya que esta acción les restaba tiempo de descanso y llegaba a suponer incluso un riesgo para su salud fÃsica.
La Inspección de Transporte es la encargada de asegurarse del cumplimiento de esta nueva ley que, en caso de ser infringida, puede penalizar con sanciones de entre 4.000 y 6.000€. Dicha multa deberá ser pagada por la empresa de transporte del conductor, el expedidor, el intermediario, el destinatario o la empresa del centro de carga: dependiendo de los hechos.
Por lo tanto:
- Se limita la participación de los conductores profesiones de vehÃculos de mercancÃas del peso indicado con anterioridad a las tareas de carga y descarga, a excepción de casos totalmente justificados
- La restricción está pensada para casos en los que existe un riesgo importante a la hora de llevar a cabo algún servicio de transporte dada su peligrosidad en la seguridad fÃsica del conductor
- Entre las excepciones se encuentra: mudanzas y guardamuebles, vehÃculos cisterna, porta-vehÃculos y grúas de auxilio en carretera o transporte de árido, entre otros
El cumplimiento de estas normas tiene como finalidad evitar la peligrosidad además de definir ciertas tareas que corresponden al conductor. La carga y descarga pasan a ser acciones para cargadores y carretilleros, excepto en los casos mencionados.
NOTA: As Marcas DAF, IVECO, MAN, MERCEDES, RENAULT, SCANIA, VOLVO, CITROËN, FORD, FIAT, NISSAN, OPEL, PEUGEOT, IRIZAR são utilizadas nesta página, é propriedade do fabricante das viaturas referenciadas. A sua utilização nesta página assim como os códigos originais, as fotografias e imagens incluidas nesta página, apenas servem para ajudar a identificar as peças de reposição e o modelo do veiculo no qual estas peças são montadas. Os nossos produtos são compativeis com os originais, apesar de não serem os originais, eles tem o encaixe direto direto com os veiculos para o qual foram projectados.
© 2024 - DIES, S.A.U.Avda. Reyes Católicos 4 Esc. 2 1º A28220 MajadahondaMadrid - España Telf. (+34) 916 347 655 (Recambios)
Aviso Legal